lunes, 11 de julio de 2011

El final de la vida de nuestro perro


Cuando uno de nuestros animales llega al final de su vida lo primero a lo que tenemos que enfrentarnos es al dolor de su pérdida pero, con independencia de la parte sentimental, también debemos conocer las normas jurídicas que envuelven este proceso. Las decisiones que debemos tomar, la opción del sacrificio y en qué momento es recomendable, qué hacer con el cadáver, qué trámites administrativos es necesario realizar tras la muerte…, son cuestiones que es importante conocer y, a ser posible, con anterioridad a que se produzca la situación del fallecimiento. La razón la encontramos en que, en ese momento, hacer frente a la sensación de pérdida va a ocupar la mayor parte de nuestros recursos.
Todos estos temas, sin embargo, no son de los que se traten de forma más detallada en las legislaciones autonómicas sobre protección de animales domésticos donde sólo nos encontramos ciertas previsiones de carácter muy general. Tenemos prácticamente que ir ciudad por ciudad comprobando la normativa municipal para encontrar algunas soluciones de carácter práctico.

No obstante, el asunto no carece de importancia, y ello desde varios puntos de vista. Desde el punto de vista emocional, tal y como hemos indicado, porque perder a nuestra mascota genera sentimientos de tristeza que para cualquiera que haya convivido con un animal no precisa más explicación. Desde el punto de vista del respeto hacia el propio animal, para procurarle el trato más digno y adecuado a su cadáver. Y, por último, desde el punto de vista social, porque no hay que olvidar que no debemos abandonar el cadáver en cualquier lugar que pueda resultar un foco de infecciones u ocasionar cualquier daño del que resultaríamos responsables, ya que existen leyes y reglamentos de carácter general que regulan la recogida y gestión de los residuos, especialmente de carácter animal, y que también resultan de aplicación.Estos son los extremos más básicos pero, a partir de aquí, hoy en día se nos abren muchas más posibilidades. Existen en la actualidad empresas que se ocupan de prestar servicios similares a los que se ofrecen tras el fallecimiento de una persona. Servicios de incineración, de urnas para conservar las cenizas o incluso de cementerios específicos de animales son ahora opciones con las que cuentan los propietarios y, desde luego, también constituyen la aparición de nuevos negocios dirigidos a un público muy concreto y con cierta capacidad económica.SERVICIOS MUNICIPALES DE RECOGIDA DE CADÁVERESTanto si la ley autonómica así lo ha previsto, como ocurre en el caso de los ejemplos que hemos comentado, como si la misma no ha establecido nada al respecto, los ayuntamientos, en aplicación de las normas generales sobre gestión de residuos y en cumplimiento de sus obligaciones propias en este sentido, han establecido servicios de recogida especiales que incluye también los cadáveres de los animales domésticos. Estos servicios municipales no son gratuitos, habitualmente se exige una tasa, como ya comprobamos que apuntaba la norma andaluza. No obstante, suelen funcionar bien, recogen el cadáver del animal en nuestro propio domicilio previa petición del propietario o poseedor y se encargan de gestionar su desaparición que se realiza mediante incineración.Es responsabilidad de cada ayuntamiento tener regulado este servicio con lo que el sistema de funcionamiento y los precios varían de una ciudad a otra. Normalmente, se ofrece un número de teléfono para solicitar la recogida, aunque algunos municipios han establecido incluso un sistema de solicitud informática a través de internet.Además de la posibilidad de recogida en el domicilio, se suele ofrecer también la opción de depositar personalmente al animal en ciertos puntos de recepción de cadáveres, servicio que en algunas ciudades ofrecen clínicas veterinarias, centros de acogida, etcétera, es posible que previo abono de una cantidad adicional por la realización del depósito hasta que se produce la recogida por los servicios municipales.También podemos recurrir a estos servicios, en este caso lo habitual es que sea de forma gratuita, cuando vemos un animal muerto abandonado en la vía pública para que acudan a recogerlo. Actuación que resulta aconsejable realizar puesto que, además de solucionar una situación desagradable, evitamos la existencia de un posible foco de infecciones.Ésta es la opción más sencilla cuando el animal fallece en casa o en un accidente, pero si su fallecimiento se produce en una clínica veterinaria tras una última enfermedad, la propia clínica nos ofrece la posibilidad de gestionar la tramitación de la entrega del cadáver y su posterior incineración. Tendremos que pagar entonces a la clínica estos servicios y su gestión, pero no tendremos que encargarnos personalmente del cadáver, lo que en la mayor parte de las ocasiones, además de ser más cómodo, es incluso menos doloroso.

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