jueves, 19 de mayo de 2011

LOS DUEÑOS DE CANINOS PITBULL SEREMOS INFRACTORES A PARTIR DEL 2015


Kira, un ejemplar American Pitbull Terrier.
Kira, un ejemplar American Pitbull Terrier.
Por Erika Velásquez
La Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio, instrumento legal que entró en vigencia el 04 de enero de 2010, propone ilegalizar las razas American Pitbull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier y todos sus mestizajes. Así lo establece en su tercera disposición transitoria,  la cual prohíbe de manera absoluta la propiedad y tenencia de estos caninos a partir del año 2015. Es decir, que cualquier dueño de alguna de estas razas se convertirá en un infractor ante la Ley.
De esta manera, Venezuela se suma a lista de países que mantienen restricciones para estos canes. En Ecuador, tanto los Pitbulls como los Rottweilers no son considerados como animales domésticos y por lo tanto, deben pasar por un estricto proceso de esterilización para controlar su comercialización. En Puerto Rico, también está prohibida la cría, reproducción y comercialización de los “Pitbulls Terrier” e híbridos resultantes de los cruces con otras razas. Y así continúan los controles en Francia, España, Alemania, Noruega, Inglaterra y en algunos estados de los Estados Unidos, medidas promovidas como respuesta a los ataques a humanos perpetrados por esta raza.
Defensores de los animales consideran que estas leyes que van destinadas a la prohibición de una raza, no toman en consideración la responsabilidad del dueño y centran sus argumentos en el animal.
UNA LEY QUE GENERA INTERROGANTES
La Ley Para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio, en su artículo 33, restringe la propiedad y tenencia de estos canes.  Igualmente señala que los dueños deberán mantenerlos permanentemente en condiciones de cautividad, cumplir con los requisitos sanitarios y finalmente adoptar las medidas de seguridad para evitar el escape. Esta restricción tiene una vigencia establecida hasta el 31 de diciembre de 2014, fecha en la que quedará prohibida la posesión de esta raza y sus mestizajes.
La Presidenta de APROA, Cristina Camilloni, comenta que la Ley es discriminatoria ya que protege solamente a los animales domésticos no peligrosos. “Pensamos que una ley de protección debe ser para todos los animales y no solamente para los animales domésticos, por un lado me parece bien que todo dueño tenga que aplicar las medidas necesarias para que no se le escape su perro, pero no solamente el dueño de un pitbull, es una ley que se le puede conseguir muchos errores”, argumenta la fuente.
Dueños manifiestan temor por el destino de su mascota.
El 27 de diciembre de 2009, antes de la aprobación de la Ley, la Asociación Protectora de Animales (APROA) publicó una carta dirigida al presidente Hugo Chávez en el diario Últimas Noticias, donde denunció que la Ley es “arbitraria y abusiva con respecto a la raza pitbull al obligar su confinamiento y posterior desaparición”
La condición de confinamiento que promueve el artículo 33 incumple con otros artículos presentes en la misma legislación. En el artículo 1 dispone que “la Ley tiene por objeto establecer las normas para la protección, control y bienestar de la fauna doméstica”, más aún viola el artículo 3 que garantiza “la integridad física y psicológica de los animales domésticos”. Y si se hojea más adelante, en el artículo 32, incumple las restricciones sobre el derecho de propiedad y tenencia, la cual señala que los dueños de un animal doméstico no podrá “mantenerlos en condiciones de hacinamiento en contravención al óptimo animal”
Los Derechos Internacionales de los Animales, aprobados por la ONU y la UNESCO-en su artículo 2-expone que ningún ser humano tiene el derecho de “exterminar o explotar a otros animales”. Además, concluye que las personas deben utilizar los conocimientos en consecución del beneficio del animal.
El vicepresidente de la Comisión de Ambiente de la Asamblea Nacional, Julio García Jarpa, declaró para el diario Ciudad ccs que los dueños podrán permanecer con su ejemplar durante el plazo establecido, siempre y cuando cumplan con los requisitos de Ley. Una vez cumplido el plazo, los posaderos caninos municipales procederán a incautar a los perros que hayan sobrevivido y  estos tendrán la potestad de mantenerlos en condición de asilo hasta que ocurra su muerte natural.
“Según una declaración de García Jarpa ellos iban a recoger a todos los pitbulls para tenerlos en un sitio hasta su muerte natural. Ahora bien, ¿en qué lugar van a hacinar a los perros? No existen refugios en el país con esa capacidad, ni siquiera por municipio”, manifiesta Lilibel De Matos, Presidenta de Zooikos.
Enrique Guerrero, criador de la raza American Pitbull Terrier y miembro acreditado de IADCRO (Asociación Internacional de los Derechos Caninos y sus Dueños Responsables), considera que los propietarios de las razas mencionadas en la Ley van a mantener sus perros con la zozobra de que se los quiten o se los sacrifiquen.  Otro inconveniente que denuncia, es la prohibición a los dueños de poder disfrutar al aire libre con su perro, lo que como consecuencia determina la exterminación de la raza dentro del espacio geográfico venezolano y la no socialización de la mascota, aspecto importante para equilibrar el comportamiento y el carácter de estas razas.
Entre las disposiciones finales de la Ley se establece también la prohibición de la importación, reproducción, adopción, cría y comercialización de los caninos pitbull. El Veterinario, Marcelo Vezga, quien además es dueño de un ejemplar de estos menciona que la denominación “pitbull” no existe como raza y califica como absurda la tarea de evitar la reproducción de un perro cuyas características no están especificadas. “Si yo tengo un perro que se parece a un pitbull, ¿cómo lo van a restringir?, ¿con qué base profesional o genética yo lo puedo juzgar?”, declara Vezga. Además, asegura que el caso de los perros como el American Pitbull Terrier, el Staffordshire Bull Terrier y el American Staffordshire Terrier es distinto porque son razas reconocidas mundialmente.
UN HECHO IRREBATIBLE
Susana de Abreu, presenta unas heridas en la cabeza como consecuencia de una mordida de un Pitbull . En el año 2008 fue a efectuar unos planos a casa de una mujer que tenía un ejemplar y  cuando la dueña se disponía a amarrar el perro, se le soltó y dirigió su ataque justo en la cabeza de Susana. Tras varios forcejeos, la propietaria, pudo quitarle el animal de encima. Susana quedó con parte de la oreja derecha desprendida y una herida en la nuca a media pulgada de la yugular. Recibió asistencia médica y estuvo en cuatro horas de cirugía y de recuperación.
Abreu asegura que estos perros no tienen la culpa, pero sostiene que pueden hacer pasar un mal rato al dueño. En este caso, el perro fue sentenciado a una muerte sin dolor por orden municipal después de haber sido retenido para ser analizado. Agrega  la víctima que debe haber más conciencia.
La Ley representa un avance ante estos acontecimientos en su artículo 24, donde obliga a reparar los daños causados a los que ejerzan propiedad sobre el animal. La Ley Para la Protección de la Fauna Libre y en Cautiverio también atribuye al dueño el monto de dos unidades tributarias por los gastos de retención del animal y en caso de asistencia médica, deberá asumir el costo del tratamiento aplicado.
La denominación “Pitbull” y no “Pitt-bull” -como aparece en la Ley- es comúnmente usada para referirse a las razas American Pitbull Terrier, Staffordshire Bull Terrier y  American Staffordshire Terrier. El origen de estos perros está asociado a los cruces de Terrier y Bulldog, razas que fueron desarrolladas en las Islas británicas.
El autor del libro Enciclopedia de los perros, Adolfo Pérez, le otorga su origen al American Staffordshire Terrier del cruce a finales del siglo XIX entre el Staffordshire, Bulldog y varios tipos de Terrier. Expone que en Estados Unidos fue donde se logró su depuración hasta otorgarle el aspecto con que es conocido actualmente. Los criadores le proporcionaron un mayor peso y una cabeza más ancha.
La mordida de un Pitbull es poderosa.
Describir a estos perros resulta todo un desafío. Enseguida aparecen algunos calificativos como: cariñoso, indiferente al dolor, letal contra otros perros, atlético y adaptable. Posee una mordida poderosa y hay quienes le asignan entre unos 900 y 950 kilogramos por centímetro cuadrado de presión.
El Veterinario, Marcelo Vezga, considera que el Pitbull generalmente es un perro con gran resistencia al dolor y sociable con la gente. Insiste que la socialización con otros perros es fundamental para regular su temperamento. Igualmente, destaca el papel de los dueños en el desarrollo de la agresividad en estos animales.
Las dudas que genera la Ley en cuanto a la ilegalización de las razas implicadas son la presunta posibilidad de que los ataques y las peleas de perros disminuyan. “A decir verdad, si una persona es irresponsable en la educación de su perro y en el trato hacia este, lo será con cualquier raza”, declara Lilibel De Matos.
El Presidente de IADCRO, Mariano Peinado Izquierdo, en una entrevista para el diario El Universal declaró que en Inglaterra, Australia, Nueva Zelanda y Canadá van a anular sus leyes en contra de los American Pitbull Terrier y otras razas implicadas. Además considera que la ley de Venezuela es similar a las que aplicaron en otros países como Inglaterra, Bermudas, Holanda e Italia al excluir al American Pitbull Terrier y otras razas. Indicó que  los gobiernos de estos países recapacitaron ante la medida, como consecuencia del incremento de los ataques de perros de otras razas y sus mestizos.
EN CONTRA DE LOS PREJUICIOS
Gabriel Ferrari ha tenido varias razas de canes, entre las cuales se encuentra: Pastor Alemán, Doberman, Dogo Napolitano, Rottweiler y Akita Inú. Considera a su Pitbull como a un hijo y destaca que las personas que hablan mal de estos perros es porque no han tenido uno o por desinformación. Afirma que su perro está entrenado para la búsqueda y salvamento.
“En caso de que lograsen exterminar a la raza Pitbull en Venezuela, con el fin específico de acabar con las fulanas peleas, ¿crees que se acabarían?, la respuesta es no, porque afortunadamente el problema no son los perros sino el hombre”, argumenta Ferrari.
Kira, es una perra  American Pitbull Terrier de dos años de edad. Es el sexto miembro de la familia Velásquez y duerme en la cama con sus dueños. Es sumamente cariñosa y efusiva con los niños. Su principal hobbie es dar besos. María De Velásquez considera que el amor por su perra es tan grande, que no imagina el dolor que significaría perderla.
El artículo 22 de la Ley  faculta a las autoridades municipales para restringir o prohibir la propiedad sobre aquellos animales domésticos considerados peligrosos. “Si consideramos este artículo como se debe, nadie tendría animales domésticos, bien sabemos en Etología canina que un Poodle o Pequinés son mucho más agresivos que un pitbull, el problema radica en que a un Poodle podemos manejarlo con facilidad gracias a su tamaño caso opuesto a un Rottweiler, un Fila Brasilero, un Mastín, un Pastor Belga o Alemán, un Chow Chow  y pare usted de contar”, asegura Lilibel De Matos.
Kyta y Bailey´s. Fotografía Cortesía de Lilibel De Matos.
El autor del libro Enciclopedia de los perros, Adolfo Pérez, expone que el American Staffordshire Terrier es un perro familiar que goza de mala fama, debido a que se le obliga a participar en las peleas de perros y se le culpa de atacar a las personas. A esto último, Pérez, establece que estos defectos resultan de una mala crianza y aconseja a quienes deseen tener uno, elegir a un animal educado por personas responsables. Agrega, que al ser educado con cariño, demuestra ser un buen compañero y considera importante la labor de evitar que muerda a otros perros desde que son cachorros para contribuir con su socialización.
Una estadística que publica IADCRO, contabiliza un total de 17 muertes por ataques de perros en España entre los años 1991 y 2005. En la lista figura 5 muertes ocasionadas por Pastores Alemanes, 1 muerte atribuida a las siguientes razas: Cocker, Doberman, Dogo Argentino, Rottweiler, Siberian Husky, Dogo Alemán, Gran Perro Danés, Pastor Mallorquín, Staffordshire Bull Terrier, Mastín Español  y dos muertes provocadas por Presas Canarios. De esta manera, se demuestra que hay otras razas asociadas a las situaciones de ataques a humanos.
La Ley contempla prohibiciones de tenencia y catalogaciones a cualquier raza canina considerada como peligrosa: “La autoridad municipal en coordinación con los Ministerios del Poder Popular con competencia en materia de salud, ambiente y agricultura, cuando corresponda según el caso, establecerá y publicará en Gaceta Municipal la lista oficial de las especies, variedades o razas de los animales domésticos riesgosos, sobre los cuales se restringirá o prohibirá la propiedad o tenencia”. Artículo 56.
“En IADCRO pensamos que ninguna raza canina es más peligrosa que otra. El carácter del perro lo define su ambiente de crianza y sobretodo su propietario, no la raza”, argumenta Enrique Guerrero. Esta Asociación aboga por una Ley que contemple al perro potencialmente peligroso o agresivo por sus actuaciones de comportamiento, independientemente de la raza o mestizo. También considera necesario que la Ley describa al propietario de perro irresponsable, con el fin de fomentar a los dueños responsables.
UNA NUEVA PROPUESTA
Distintas Fundaciones protectoras de animales y ciudadanos se han organizado para realizar  campañas comunicacionales a través de distintos medios impresos y redes sociales como Facebook y Twitter, para recolectar firmas en búsqueda de una posible reformulación de la Ley.
El grupo de Facebook, “Rechazamos la ley que pretende acabar con los Pitbull en Venezuela”, posee un cantidad de 10.576 miembros asociados. El administrador del grupo, Gabriele Ferrari,  declaró que el foro fue abierto desde que fue aprobada la Ley y que la primera noche, ya contaban con 300 miembros, a la semana aumentaron a 5.000 y no paran de recibir solicitudes.
“En términos generales estoy muy de acuerdo con la Ley, solamente estamos tratando que  modifiquen el artículo 33, que sean excluidas de la Ley  las razas allí amenazadas y que no hagan alusión a ninguna raza”, asegura Ferrari.
Zooikos se ha dedicado a establecer reuniones con etólogos, criadores y entrenadores para llevarle a la comunidad el manejo responsable de una raza. “Vamos a los colegios con los Pitbull y tratamos de tumbar los estereotipos generados hacia esa y muchas otras razas”, manifiesta Lilibel De Matos.
Fotografía Cortesía de Enrique Guerrero.
El modelo de proyecto de Ley de IADCRO determina cuándo debe ser catalogado un animal como peligroso y fija las medidas de seguridad que deben tener estos animales para evitar los ataques a personas.
Así lo expone en su artículo 2: “Serán considerados perros potencialmente peligrosos, aquellos animales de la especie canina indistintamente el tamaño, mestizaje o raza a la que pertenezcan,que por su mal carácter, agresividad y mala conducta hagan temer por la integridad física de las personas, especialmente por los niños. Quedan automáticamente incluidos como perros potencialmente peligrosos, todos aquellos ejemplares que hayan protagonizado agresiones a personas”
kira con su bozal en un lugar público.
En cuanto a las medidas de seguridad, el modelo de proyecto de Ley de IADCRO, establece algunas consideraciones:
1.-  El uso obligatorio del bozal adecuado para la tipología de la raza.
2.- El uso de correas no extensibles que no excedan los 2 metros.
3.-  No cargar más de un perro por persona en lugares públicos.
4.- La identificación de los perros mediante microchip o tatuaje.
En definitiva, ilegalizar una raza no fomenta una medida responsable con respecto a los dueños. La Ley sería justa y para todos por igual, al fomentar al propietario responsable de cualquier raza y excluir las restricciones que existen actualmente con respecto a las tres razas implicadas. El mensaje es sencillo y así lo difunden por las redes sociales ,no existen perros peligrosos sino dueños irresponsables.
Argumentos del Presidente de IADCRO, Mariano Peinado, en cuanto a la Ley establecida en España:
Fotografía Cortesía de Enrique Guerrero.


Kira, un ejemplar American Pitbull Terrier.
Kira, un ejemplar American Pitbull Terrier.
Por Erika Velásquez
La Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio, instrumento legal que entró en vigencia el 04 de enero de 2010, propone ilegalizar las razas American Pitbull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier y todos sus mestizajes. Así lo establece en su tercera disposición transitoria,  la cual prohíbe de manera absoluta la propiedad y tenencia de estos caninos a partir del año 2015. Es decir, que cualquier dueño de alguna de estas razas se convertirá en un infractor ante la Ley.
De esta manera, Venezuela se suma a lista de países que mantienen restricciones para estos canes. En Ecuador, tanto los Pitbulls como los Rottweilers no son considerados como animales domésticos y por lo tanto, deben pasar por un estricto proceso de esterilización para controlar su comercialización. En Puerto Rico, también está prohibida la cría, reproducción y comercialización de los “Pitbulls Terrier” e híbridos resultantes de los cruces con otras razas. Y así continúan los controles en Francia, España, Alemania, Noruega, Inglaterra y en algunos estados de los Estados Unidos, medidas promovidas como respuesta a los ataques a humanos perpetrados por esta raza.
Defensores de los animales consideran que estas leyes que van destinadas a la prohibición de una raza, no toman en consideración la responsabilidad del dueño y centran sus argumentos en el animal.
UNA LEY QUE GENERA INTERROGANTES
La Ley Para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio, en su artículo 33, restringe la propiedad y tenencia de estos canes.  Igualmente señala que los dueños deberán mantenerlos permanentemente en condiciones de cautividad, cumplir con los requisitos sanitarios y finalmente adoptar las medidas de seguridad para evitar el escape. Esta restricción tiene una vigencia establecida hasta el 31 de diciembre de 2014, fecha en la que quedará prohibida la posesión de esta raza y sus mestizajes.
La Presidenta de APROA, Cristina Camilloni, comenta que la Ley es discriminatoria ya que protege solamente a los animales domésticos no peligrosos. “Pensamos que una ley de protección debe ser para todos los animales y no solamente para los animales domésticos, por un lado me parece bien que todo dueño tenga que aplicar las medidas necesarias para que no se le escape su perro, pero no solamente el dueño de un pitbull, es una ley que se le puede conseguir muchos errores”, argumenta la fuente.
Dueños manifiestan temor por el destino de su mascota.
El 27 de diciembre de 2009, antes de la aprobación de la Ley, la Asociación Protectora de Animales (APROA) publicó una carta dirigida al presidente Hugo Chávez en el diario Últimas Noticias, donde denunció que la Ley es “arbitraria y abusiva con respecto a la raza pitbull al obligar su confinamiento y posterior desaparición”
La condición de confinamiento que promueve el artículo 33 incumple con otros artículos presentes en la misma legislación. En el artículo 1 dispone que “la Ley tiene por objeto establecer las normas para la protección, control y bienestar de la fauna doméstica”, más aún viola el artículo 3 que garantiza “la integridad física y psicológica de los animales domésticos”. Y si se hojea más adelante, en el artículo 32, incumple las restricciones sobre el derecho de propiedad y tenencia, la cual señala que los dueños de un animal doméstico no podrá “mantenerlos en condiciones de hacinamiento en contravención al óptimo animal”
Los Derechos Internacionales de los Animales, aprobados por la ONU y la UNESCO-en su artículo 2-expone que ningún ser humano tiene el derecho de “exterminar o explotar a otros animales”. Además, concluye que las personas deben utilizar los conocimientos en consecución del beneficio del animal.
El vicepresidente de la Comisión de Ambiente de la Asamblea Nacional, Julio García Jarpa, declaró para el diario Ciudad ccs que los dueños podrán permanecer con su ejemplar durante el plazo establecido, siempre y cuando cumplan con los requisitos de Ley. Una vez cumplido el plazo, los posaderos caninos municipales procederán a incautar a los perros que hayan sobrevivido y  estos tendrán la potestad de mantenerlos en condición de asilo hasta que ocurra su muerte natural.
“Según una declaración de García Jarpa ellos iban a recoger a todos los pitbulls para tenerlos en un sitio hasta su muerte natural. Ahora bien, ¿en qué lugar van a hacinar a los perros? No existen refugios en el país con esa capacidad, ni siquiera por municipio”, manifiesta Lilibel De Matos, Presidenta de Zooikos.
Enrique Guerrero, criador de la raza American Pitbull Terrier y miembro acreditado de IADCRO (Asociación Internacional de los Derechos Caninos y sus Dueños Responsables), considera que los propietarios de las razas mencionadas en la Ley van a mantener sus perros con la zozobra de que se los quiten o se los sacrifiquen.  Otro inconveniente que denuncia, es la prohibición a los dueños de poder disfrutar al aire libre con su perro, lo que como consecuencia determina la exterminación de la raza dentro del espacio geográfico venezolano y la no socialización de la mascota, aspecto importante para equilibrar el comportamiento y el carácter de estas razas.
Entre las disposiciones finales de la Ley se establece también la prohibición de la importación, reproducción, adopción, cría y comercialización de los caninos pitbull. El Veterinario, Marcelo Vezga, quien además es dueño de un ejemplar de estos menciona que la denominación “pitbull” no existe como raza y califica como absurda la tarea de evitar la reproducción de un perro cuyas características no están especificadas. “Si yo tengo un perro que se parece a un pitbull, ¿cómo lo van a restringir?, ¿con qué base profesional o genética yo lo puedo juzgar?”, declara Vezga. Además, asegura que el caso de los perros como el American Pitbull Terrier, el Staffordshire Bull Terrier y el American Staffordshire Terrier es distinto porque son razas reconocidas mundialmente.
UN HECHO IRREBATIBLE
Susana de Abreu, presenta unas heridas en la cabeza como consecuencia de una mordida de un Pitbull . En el año 2008 fue a efectuar unos planos a casa de una mujer que tenía un ejemplar y  cuando la dueña se disponía a amarrar el perro, se le soltó y dirigió su ataque justo en la cabeza de Susana. Tras varios forcejeos, la propietaria, pudo quitarle el animal de encima. Susana quedó con parte de la oreja derecha desprendida y una herida en la nuca a media pulgada de la yugular. Recibió asistencia médica y estuvo en cuatro horas de cirugía y de recuperación.
Abreu asegura que estos perros no tienen la culpa, pero sostiene que pueden hacer pasar un mal rato al dueño. En este caso, el perro fue sentenciado a una muerte sin dolor por orden municipal después de haber sido retenido para ser analizado. Agrega  la víctima que debe haber más conciencia.
La Ley representa un avance ante estos acontecimientos en su artículo 24, donde obliga a reparar los daños causados a los que ejerzan propiedad sobre el animal. La Ley Para la Protección de la Fauna Libre y en Cautiverio también atribuye al dueño el monto de dos unidades tributarias por los gastos de retención del animal y en caso de asistencia médica, deberá asumir el costo del tratamiento aplicado.
La denominación “Pitbull” y no “Pitt-bull” -como aparece en la Ley- es comúnmente usada para referirse a las razas American Pitbull Terrier, Staffordshire Bull Terrier y  American Staffordshire Terrier. El origen de estos perros está asociado a los cruces de Terrier y Bulldog, razas que fueron desarrolladas en las Islas británicas.
El autor del libro Enciclopedia de los perros, Adolfo Pérez, le otorga su origen al American Staffordshire Terrier del cruce a finales del siglo XIX entre el Staffordshire, Bulldog y varios tipos de Terrier. Expone que en Estados Unidos fue donde se logró su depuración hasta otorgarle el aspecto con que es conocido actualmente. Los criadores le proporcionaron un mayor peso y una cabeza más ancha.
La mordida de un Pitbull es poderosa.
Describir a estos perros resulta todo un desafío. Enseguida aparecen algunos calificativos como: cariñoso, indiferente al dolor, letal contra otros perros, atlético y adaptable. Posee una mordida poderosa y hay quienes le asignan entre unos 900 y 950 kilogramos por centímetro cuadrado de presión.
El Veterinario, Marcelo Vezga, considera que el Pitbull generalmente es un perro con gran resistencia al dolor y sociable con la gente. Insiste que la socialización con otros perros es fundamental para regular su temperamento. Igualmente, destaca el papel de los dueños en el desarrollo de la agresividad en estos animales.
Las dudas que genera la Ley en cuanto a la ilegalización de las razas implicadas son la presunta posibilidad de que los ataques y las peleas de perros disminuyan. “A decir verdad, si una persona es irresponsable en la educación de su perro y en el trato hacia este, lo será con cualquier raza”, declara Lilibel De Matos.
El Presidente de IADCRO, Mariano Peinado Izquierdo, en una entrevista para el diario El Universal declaró que en Inglaterra, Australia, Nueva Zelanda y Canadá van a anular sus leyes en contra de los American Pitbull Terrier y otras razas implicadas. Además considera que la ley de Venezuela es similar a las que aplicaron en otros países como Inglaterra, Bermudas, Holanda e Italia al excluir al American Pitbull Terrier y otras razas. Indicó que  los gobiernos de estos países recapacitaron ante la medida, como consecuencia del incremento de los ataques de perros de otras razas y sus mestizos.
EN CONTRA DE LOS PREJUICIOS
Gabriel Ferrari ha tenido varias razas de canes, entre las cuales se encuentra: Pastor Alemán, Doberman, Dogo Napolitano, Rottweiler y Akita Inú. Considera a su Pitbull como a un hijo y destaca que las personas que hablan mal de estos perros es porque no han tenido uno o por desinformación. Afirma que su perro está entrenado para la búsqueda y salvamento.
“En caso de que lograsen exterminar a la raza Pitbull en Venezuela, con el fin específico de acabar con las fulanas peleas, ¿crees que se acabarían?, la respuesta es no, porque afortunadamente el problema no son los perros sino el hombre”, argumenta Ferrari.
Kira, es una perra  American Pitbull Terrier de dos años de edad. Es el sexto miembro de la familia Velásquez y duerme en la cama con sus dueños. Es sumamente cariñosa y efusiva con los niños. Su principal hobbie es dar besos. María De Velásquez considera que el amor por su perra es tan grande, que no imagina el dolor que significaría perderla.
El artículo 22 de la Ley  faculta a las autoridades municipales para restringir o prohibir la propiedad sobre aquellos animales domésticos considerados peligrosos. “Si consideramos este artículo como se debe, nadie tendría animales domésticos, bien sabemos en Etología canina que un Poodle o Pequinés son mucho más agresivos que un pitbull, el problema radica en que a un Poodle podemos manejarlo con facilidad gracias a su tamaño caso opuesto a un Rottweiler, un Fila Brasilero, un Mastín, un Pastor Belga o Alemán, un Chow Chow  y pare usted de contar”, asegura Lilibel De Matos.
Kyta y Bailey´s. Fotografía Cortesía de Lilibel De Matos.
El autor del libro Enciclopedia de los perros, Adolfo Pérez, expone que el American Staffordshire Terrier es un perro familiar que goza de mala fama, debido a que se le obliga a participar en las peleas de perros y se le culpa de atacar a las personas. A esto último, Pérez, establece que estos defectos resultan de una mala crianza y aconseja a quienes deseen tener uno, elegir a un animal educado por personas responsables. Agrega, que al ser educado con cariño, demuestra ser un buen compañero y considera importante la labor de evitar que muerda a otros perros desde que son cachorros para contribuir con su socialización.
Una estadística que publica IADCRO, contabiliza un total de 17 muertes por ataques de perros en España entre los años 1991 y 2005. En la lista figura 5 muertes ocasionadas por Pastores Alemanes, 1 muerte atribuida a las siguientes razas: Cocker, Doberman, Dogo Argentino, Rottweiler, Siberian Husky, Dogo Alemán, Gran Perro Danés, Pastor Mallorquín, Staffordshire Bull Terrier, Mastín Español  y dos muertes provocadas por Presas Canarios. De esta manera, se demuestra que hay otras razas asociadas a las situaciones de ataques a humanos.
La Ley contempla prohibiciones de tenencia y catalogaciones a cualquier raza canina considerada como peligrosa: “La autoridad municipal en coordinación con los Ministerios del Poder Popular con competencia en materia de salud, ambiente y agricultura, cuando corresponda según el caso, establecerá y publicará en Gaceta Municipal la lista oficial de las especies, variedades o razas de los animales domésticos riesgosos, sobre los cuales se restringirá o prohibirá la propiedad o tenencia”. Artículo 56.
“En IADCRO pensamos que ninguna raza canina es más peligrosa que otra. El carácter del perro lo define su ambiente de crianza y sobretodo su propietario, no la raza”, argumenta Enrique Guerrero. Esta Asociación aboga por una Ley que contemple al perro potencialmente peligroso o agresivo por sus actuaciones de comportamiento, independientemente de la raza o mestizo. También considera necesario que la Ley describa al propietario de perro irresponsable, con el fin de fomentar a los dueños responsables.
UNA NUEVA PROPUESTA
Distintas Fundaciones protectoras de animales y ciudadanos se han organizado para realizar  campañas comunicacionales a través de distintos medios impresos y redes sociales como Facebook y Twitter, para recolectar firmas en búsqueda de una posible reformulación de la Ley.
El grupo de Facebook, “Rechazamos la ley que pretende acabar con los Pitbull en Venezuela”, posee un cantidad de 10.576 miembros asociados. El administrador del grupo, Gabriele Ferrari,  declaró que el foro fue abierto desde que fue aprobada la Ley y que la primera noche, ya contaban con 300 miembros, a la semana aumentaron a 5.000 y no paran de recibir solicitudes.
“En términos generales estoy muy de acuerdo con la Ley, solamente estamos tratando que  modifiquen el artículo 33, que sean excluidas de la Ley  las razas allí amenazadas y que no hagan alusión a ninguna raza”, asegura Ferrari.
Zooikos se ha dedicado a establecer reuniones con etólogos, criadores y entrenadores para llevarle a la comunidad el manejo responsable de una raza. “Vamos a los colegios con los Pitbull y tratamos de tumbar los estereotipos generados hacia esa y muchas otras razas”, manifiesta Lilibel De Matos.
Fotografía Cortesía de Enrique Guerrero.
El modelo de proyecto de Ley de IADCRO determina cuándo debe ser catalogado un animal como peligroso y fija las medidas de seguridad que deben tener estos animales para evitar los ataques a personas.
Así lo expone en su artículo 2: “Serán considerados perros potencialmente peligrosos, aquellos animales de la especie canina indistintamente el tamaño, mestizaje o raza a la que pertenezcan,que por su mal carácter, agresividad y mala conducta hagan temer por la integridad física de las personas, especialmente por los niños. Quedan automáticamente incluidos como perros potencialmente peligrosos, todos aquellos ejemplares que hayan protagonizado agresiones a personas”
kira con su bozal en un lugar público.
En cuanto a las medidas de seguridad, el modelo de proyecto de Ley de IADCRO, establece algunas consideraciones:
1.-  El uso obligatorio del bozal adecuado para la tipología de la raza.
2.- El uso de correas no extensibles que no excedan los 2 metros.
3.-  No cargar más de un perro por persona en lugares públicos.
4.- La identificación de los perros mediante microchip o tatuaje.
En definitiva, ilegalizar una raza no fomenta una medida responsable con respecto a los dueños. La Ley sería justa y para todos por igual, al fomentar al propietario responsable de cualquier raza y excluir las restricciones que existen actualmente con respecto a las tres razas implicadas. El mensaje es sencillo y así lo difunden por las redes sociales ,no existen perros peligrosos sino dueños irresponsables.
Argumentos del Presidente de IADCRO, Mariano Peinado, en cuanto a la Ley establecida en España:
Fotografía Cortesía de Enrique Guerrero.

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